Revista de Estudio de Derecho Laboral y Derecho Procesal Laboral │Universidad Blas Pascal
Latest Publications


TOTAL DOCUMENTS

41
(FIVE YEARS 12)

H-INDEX

0
(FIVE YEARS 0)

Published By Fundacion Universidad Pascal

2683-8761

Author(s):  
Giselle Gonzalez Gonçalves

El presente estudio tiene como objetivo exponer la realidad legislativa frente al fenómeno del trabajo a distancia en Brasil, abordándose críticamente la actual regulación del instituto del teletrabajo. Además, se plantean los diferentes conceptos delos distintos tipos de trabajo a distancia y sus consecuencias en el marco jurídico y en larelación laboral. Sumario: Introducción. I.- El lugar de trabajo como definidor dela naturaleza de la prestación. II.- Trabajo a distancia y legislaciónbrasileña. III.- Pandemia en Brasil y trabajo fuera del entornodel empleador. IV.- Legislación de emergencia - MP 927/20 e MP1.046/2021. V.-Conclusión


Author(s):  
Franco Giavedoni
Keyword(s):  

El autor comenta un fallo en el cual una entidad sindical con simple inscripción demanda por la vía de amparo en procura de obtener una resolución jurisdiccional que obligue a los empleadores de sus afiliados a actuar como agentes de retención de la cuota sindical, equiparándolo en este sentido, con aquellas entidades sindicales con personería gremial. Sumario I.- El fallo comentado: “Asociación del Personal Superior de Autopistas e Infraestructura APSAI c/ Autopistas del Sol S.A. s/ Amparo”. La plataforma fáctica. II.- La resolución de la CSJN. III- El comentario del autor. III.1. La libertad sindical y sus restricciones. III.2 La normativa nacional y supranacional vinculada al caso. III.3 La inconstitucionalidad del art. 38 LAS. Sus fundamentos. IV.- Reflexión final


Author(s):  
María Teresa Marconetto

Las medidas autosatisfactivas han sido la herramienta más utilizada durante la pandemia, en la Provincia de Córdoba, para reclamar los derechos de trabajadores/as. Se ha generado así una rica doctrina judicial en la materia, definiendo su concepto, requisitos, fundamento y trámite. Los principales derechos reclamados han sido, el derecho al empleo y al cobro del salario. Existen casos claros en donde se aplicaron los DNU de emergencia ordenando la ineficacia del despido. Otros casos no tan claros, han dividido a la jurisprudencia como los despidos dentro del periodo de prueba y en el régimen de la construcción. Estas medidas se han consolidado como la acción pretorianamás eficaz en tiempos de pandemia. Sumario I.- Introducción. II.- Las medidas autosatisfactivas: 1.-Definición. 2.- Diferencia con otras medidas. 3.- Requisitos. 4.- Fundamento normativo. 5.- Trámite. III.- Derecho tutelado invocado: 1.- Derecho al empleo: i) Análisis constitucional del DNU 329/20 y sus prórrogas. ii) Casos claros alcanzados por el DNU 329/20. iii) Casos no tan claros donde se discute el alcance del DNU 329/20. 2.- Derecho a la remuneración. IV.- Conclusión


Author(s):  
Rosalía A. Pécora
Keyword(s):  

La documentación laboral exigible y de contralor es aquélla que acredita el 0cumplimiento íntegro y oportuno de las obligaciones laborales y de la seguridad social a cargo del empleador (art. 79, LCT): instrumentos públicos, privados (con firma manuscrita, digital, electrónica) y particulares no firmados; también documentos rubricados para ser legalmente válidos, tal como el Libro del art. 52, LCT, la planilla de horarios y descansos, entre otras. Detallamos los requisitos exigibles del Libro del Art. 52, LCT, la planilla de horarios y descansos y la planilla de horas suplementarias, el Libro de Inspecciones de la ley 8015, el Sistema Único de Registro Laboral de la ley 24.013 y la documentación laboral específica y exigible en los regímenes especiales y estatutos particulares. Sumario Introducción. 1.- Qué se entiende por documentación laboral exigible o de contralor. 2. Instrumentos públicos y privados. Firma. Rúbrica de libros. 3.1. Requisitos exigibles para el Libro del art. 52, LCT, la planilla de horarios y descansos de la ley 11.544, los recibos de haberes y el Libro de Inspecciones Laborales de la ley 8015 en Córdoba. 3.2. Requisitos exigibles en el Sistema Único de Registro Laboral del art. 18, Ley 24.013. 3.2. Requisitos exigibles en el Sistema Único de Registro Laboral del art. 18, Ley 24.013 4.1. Empresa de servicios eventuales. Sección particular del Art. 13 (Decreto 1694/2006) – Decreto 762/2014 4. La documentación laboral específica y exigible en los regímenes especiales y estatutos particulares.4.1. Empresa de servicios eventuales. Sección particular del Art. 13 (Decreto 1694/2006) – Decreto 762/2014. 4. 2. Libro especial para PYMES. 4. 3. Régimen de Trabajo Agrario –Ley 26.727. 4. 4. Estatuto del viajante de comercio. 4. 5. Régimen de la Construcción. 4. 6. Encargados de casas de rentas. 4. 7. Libro especial de peluqueros. 4. 8. Régimen Especial del Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares – Ley 26.844. 4. 9. CCT 40/89 – Camioneros. 4.10. Transporte Automotor de Pasajeros. 5. La prueba. Los sistemas procesales generales. El proceso laboral en particular. 6. Reglas del onus probandi en materia laboral. Fuentes internas y externas. Propuestas doctrinarias. 7. La relevancia de la documentación laboral exigible en las reglas del onus probandi en materia laboral –con especial referencia a la ley procesal cordobesa- . 8. Las reformas de la ley procesal laboral en lo relativo a la carga probatoria de la documentación laboral exigible y de contralor.


Author(s):  
Ana María Salas
Keyword(s):  

La ley 27.348 invitó a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a las disposiciones contenida en el Título I de la ley (art. 4) . Esa adhesión importó la obligatoriedad de la intervención de las comisiones médicas jurisdiccionales con carácter previo y excluyente. Por ello los trabajadores deben necesariamente solicitar la definición de esos organismos del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo. Algunas provincias al dictar las leyes de adhesión establecieron un plazo de caducidad para acceder a la instancia judicial. El análisis de esa caducidad es lo que se propone realizar en el presente trabajo con el objeto de verificar la compatibilidad del instituto con la Constitución Nacional y tratados internacionales que integran el Bloque de Constitucionalidad Federal (art. 75, inc. 22 de la CN). Sumario I.- Nociones preliminares. II.- La caducidad en el Código Civil y Comercial. III.- La caducidad en las leyes provinciales de adhesión a la ley 27.348. IV.- Argumentos que ponen en crisis los plazos de caducidad de las legislaciones provinciales. V.- La conclusión final que genera el tema.


Author(s):  
Silvia Kiatkovski ◽  
Nicolás Francisco Niewolski Cesca ◽  
Guillermo Joseín Cerda López
Keyword(s):  

El presente informe resume la ponencia efectuada en la reunión plenaria de la Sala de Derecho Laboral y Procesal Laboral de la Universidad Blas Pascal del 7 de junio de 2021, a la que fueramos generosamente invitados por los Dres. Ricardo Francisco Seco y Edder Hernán Piazza. El fondo de reserva fue creado por la ley 24.557 para afrontar con sus recursos las prestaciones impagas de una ART en liquidación. Su reglamentación ha generado múltiples conflictos interpretativos que se traslucen en la jurisprudencia. Se abordarán en el presente, a partir de la jurisprudencia cordobesa, los criterios a la hora de determinar el obligado al pago y el alcance de las prestaciones. Asimismo, se reseñarán los criterios jurisprudenciales tanto de la Cámara Única del Trabajo como del TSJ, con relación a los intereses aplicables cuando interviene el fondo; así como los precedentes vinculados a las costas de los procesos judiciales contra una ART liquidada desde el año 2015 a la actualidad, con especial consideración al decreto 1022/17. Sumario I. El fondo de reserva. II. Financiamiento del fondo de reserva. III. ¿A partir de cuándo debe responder el fondo de reserva? IV. La gerenciadora. V. ¿Quién resulta obligado al pago frente al trabajador en los procesos judiciales contra una ART liquidada? VI. La resolución 396/2020. VII. Intereses. VIII Los intereses en la jurisprudencia de la provincia de Córdoba. IX. Las costas ¿Forman parte de los conceptos integrativos de la eventual condena? X. Costas: Evolución de la jurisprudencia del TSJ y de la CUT de Córdoba (2015/2021). XI. ¿Y ahora qué? Los criterios de la Cámara del trabajo luego del dictado de “Monzón” y “Rosales” por el TSJ. La liquidación de ART Liderar. XII. El TSJ y la inconstitucionalidad del decreto 1022/17. XIII. Cámara del Trabajo de Córdoba. XIV. Conclusiones.


Author(s):  
Graciela Giuzio

Los órganos de control de la Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo, vienen realizando desde 2009 a la fecha observaciones al modelo de negociación colectiva uruguaya, sosteniendo que el mismo no se adecua en varios aspectos a lo establecido por los CIT 98 y 154, ratificados ambos por nuestro país. Por otra parte, a partir de las elecciones nacionales de 2019, Luis Lacalle Pou se transformó en el nuevo presidente de Uruguay, al triunfar una coalición de centroderecha encabezada por el Partido Nacional -uno de los partidos políticos tradicionales- luego de 15 años ininterrumpidos de gobierno del Frente Amplio (izquierda). Los factores señalados ofician de dinamizadores de una serie de cambios en la negociación colectiva vernácula que están procesándose en estos momentos. Sus perspectivas, contenidos y desafíos constituyen el eje del trabajo que presentamos. Sumario 1. Introducción. 2. El modelo vigente. Valoraciones contrapuestas.3. Cambios al modelo. 3.1. Los porqués de una modificación anunciada. 3.2. Las observaciones de los órganos de control de la OIT al modelo de negociación colectiva uruguayo. Consideraciones generales. 3.3. Inventario de las observaciones. 3.4. Cuestionamientos. 4. La flexibilización del mecanismo de descuelgue. 5. Conclusiones.


Author(s):  
Mariana Mercedes Otarola
Keyword(s):  

Se analizará, en el marco de la pandemia, las medidas autosatisfactivas en la Provincia de Santa Fe, las que, a pesar de no encontrarse normada en sus textos procesales, han sido de gran eficiencia y eficacia ante la violación de la normativa de emergencia en materia laboral. Sumario 1.Introducción; 2. Yori; 3. Melo; 4. Navarro; 5. Leguizamón; 6. G, I.E.; 7. Sindicatos contra Telecom; 8. Conclusión.


Author(s):  
Teresita N. Saracho Cornet
Keyword(s):  

En este trabajo se examina la doctrina judicial de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con repercusión en algunos de los tópicos relevantes del acceso a la justicia; en contextos donde la situación económica de los contendientes restringe, limita y en muchos casos cercena la efectividad del derecho a la jurisdicción. Desde dicha perspectiva se aludirá a la provisión de servicios de asistencia jurídica gratuita y los costos del proceso; al debido proceso legal, sustantivo y adjetivo, donde los derechos/principios a la igualdad –y sus derivaciones, el principio de igualdad “ante la ley” y “ante los tribunales”- y no discriminación, se ubican como ejes estructurantes, con proyecciones relevantes en el ejercicio del derecho de defensa. Se abordará, asimismo, el nuevo criterio del Tribunal interamericano sobre los derechos laborales y el art.26 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Sumario I. Consideraciones iniciales. II. El derecho a la jurisdicción. Acción y recurso judicial efectivos: 1. Provisión de servicios de asistencia jurídica gratuita. 2. Costos del proceso. III. El debido proceso legal: 1. Defensa efectiva. Principio de igualdad “ante la ley” y “ante los tribunales”. 2. Igualdad y no discriminación: 2.1 Derivación de la unidad del género humano. 2.2 Deber universal de respeto y garantía. 2.3 “Ius cogens” y obligaciones “erga omnes”. 2.4 Discriminación por razones económicas y las garantías judiciales. IV. La justiciabilidad de los derechos laborales. 1. El caso “Lagos del Campo vs. Perú”. 2. El caso “Trabajadores Cesados de Petroperú vs. Perú”. 3. El caso “Spoltore vs. Argentina”. V. Reflexiones.


Author(s):  
Edder Hernán Piazza

El presente trabajo conlleva el esfuerzo de explicar el fenómeno del Covid 19 como enfermedad profesional en los distintos países de la región limítrofes a la Argentina. La finalidad esperada es identificar las diferentes técnicas jurídicas utilizadas por las naciones analizadas para llevar adelante la cobertura del flagelo de la pandemia. De esta forma se trata de conocer las consecuencias de cada regulación y su implicanciaen la regulación general. Sumario 1.-Introducción. 2.-Los sistemas de cobertura de contingencias en la salud del trabajador. 3.-La cobertura del Covid 19 según la OIT. 4.-El caso argentino.5.-El caso chileno.- 6.-El caso brasilero. 7.-El caso uruguayo.- 8.-El caso paraguayo.-9.-El caso boliviano.10.-Resumen por país.11.-Conclusión.


Sign in / Sign up

Export Citation Format

Share Document