scholarly journals El vicio de incongruencia en laudos extranjeros, inejecutabilidad por violación al orden público ecuatoriano

2021 ◽  
pp. 310-336
Author(s):  
Luis Eduardo Narváez ◽  
María Belén Merchán

Los laudos emitidos en el contexto de un arbitraje internacional pueden en ciertos casos adolecer de vicio de incongruencia. Bajo la mirada de la lex arbitri aplicable a cada caso en particular, estos laudos, en virtud de la interpretación restrictiva que se debe dar a las causales de nulidad y el principio de trascendencia, podrán o no ser anulados en la sede del arbitraje. No obstante, en virtud de la aplicación del artículo V de la Convención de Nueva York, el vicio de incongruencia de un laudo arbitral podría ser causal para la oposición al reconocimiento y ejecución del laudo en el Ecuador. Esto, en virtud de que el principio de congruencia es parte de los derechos de Tutela Arbitral Efectiva y Debido proceso, garantías constitucionales básicas en el Ecuador que forman parte del orden público ecuatoriano.

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